QUE PASA SI LA EMPRESA PARA LA QUE TRABAJA CAMBIA DE PROPIETARIO

Las empresas y las sociedades pueden vivir cambios importantes a lo largo de su existencia. Especialmente en situaciones de crisis. Así se puede dar el hecho de que la empresa sea absorbida por otra mercantil, se fusione con otra. O bien que caiga en quiebra y, en el concurso de acreedores, se le adjudique uno de sus acreedores. Puede, incluso, que la venta, la fusión, la quiebra o la escisión, no afecte toda la empresa, sino sólo afecte a una unidad o una parte de su actividad. En estos casos, todo el mundo se pregunta: ¿qué pasa con mi puesto de trabajo? Es posible que sea despedido sin indemnización por este cambio?

 

La subrogación.

Para conocer si se conservan o no los puestos de trabajo y las condiciones laborales, primero hay que saber el alcance del cambio empresarial. Si afecta a una unidad productiva o una unidad económica que conserva su identidad, y el conjunto de medios organizados para realizar una actividad económica (esencial o accesoria), en estos casos se ha producido una subrogación. Subrogación signfica que, en este caso, la nueva empresa ocupa el lugar de la anterior en el papel de empresario, por lo que el contrato laboral se conserva con todas las condiciones (salario, horario, tipo de trabajo, jornada, pluses, etc.). También se conservan los compromisos de protección social, como puede ser cualquier pacto para mejorar la jubilación, ayudas, etc.

También se sigue el mismo convenio colectivo que se había aplicado hasta ese momento.

 

Cuando NO se produce subrogación.

El elemento clave para entender si hay o no subrogación es la continuidad en la actividad económica. Hay que comprobar si la nueva empresa adquiere suficientes elementos productivos como para continuar con la misma actividad. Así por ejemplo no se produce subrogación si lo que se está comprando es una factoría que lleva cerrada meses, no tiene electricidad, y tiene los contratos de trabajo suspendidos.

 

Responsabilidad solidaria entre la antigua y la nueva empresa.

Esta subrogación implica que las dos empresas (la que hasta ahora contrataba el trabajador y la que se subroga en su lugar) tienen una responsabilidad solidaria respecto a las deudas con los trabajadores. Por tanto que entre una nueva empresa puede ser una ocasión para cobrar conceptos que una empresa en crisis había dejado de pagado por falta de fondos.

 

¿Cómo puedo saber si estoy o no ante una subrogación?

En ocasiones las empresas no informan de la situación que está viviendo. Los trabajadores sólo sienten rumores, hasta que los explican qué ha pasado con el mínimo de detalles. En estos casos hay que tener claro que hay una obligación de informar a los trabajadores de manera anticipada de estos cambios con una antelación suficiente.

La información que se debe transmitir a los trabajadores incluye las consecuencias jurídicas, económicas y sociales de los cambios. Los motivos del cambio y dicha prevista para la transmisión de titularidad.

El Estatuto de los Trabajadores prevé expresamente que la falta de información de los dos empresarios a los trabajadores conlleva la nulidad de las decisiones no anunciadas (incluso si lo comunican, pero con poca antelación). La ley incluso impide que se pueda utilizar como excusa que el propio empresario no tenga suficiente información en ese momento (por ejemplo para que otra empresa que la dirige no le haya suministrado datos suficientes).

 

El nuevo empresario puede modificar el contrato de trabajo?

La subrogación no impide que el nuevo empresario, al adquirir la empresa, introduzca algunos cambios. Pero antes de hacerlo debe abrir un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores e intentar de buena fe llegar a un acuerdo con ellos.

Si estos cambios son de carácter sustancial (es decir un cambio importante que afecta a la jornada, el salario, el tipo de trabajo, etc.), entonces hay que abrir un procedimiento de negociación colectiva.

 

Qué hacer si usted se encuentra en esta situación.

Lo más importante es recordar que existe la subrogación a su favor. Por tanto, en principio, un cambio en la empresa no afecta a su puesto de trabajo, que se mantiene en las mismas condiciones. Después debe tener claro que tiene un derecho a ser informado previamente de cualquier transmisión de su centro de trabajo, y que el no hacerlo puede poner en problemas a la empresa.

Una trampa habitual en estos casos es que el nuevo empresario diga al trabajador que, para conservar el empleo, es necesario que se firme un nuevo contrato con él. Aquí lo que se pretende realmente es que se renuncie la situación anterior y se pase a tener un nuevo contrato con nuevas condiciones, normalmente más desfavorables. Debemos recordar, pues, que aunque entre en juego un nuevo empresario, la relación de trabajo sobrevive al cambio, y siempre con las mismas condiciones

Es necesario tener en cuenta también que los trabajadores pueden y tienen que actuar conjuntamente en la defensa de sus intereses. Por eso es importante ponerse en contacto con sus compañeros para ver si también están afectados y planificar una respuesta conjunta.

En el caso, sin embargo, que reciba una carta o un aviso de que modificarán sustancialmente su puesto de trabajo por motivo de la subrogación, lo más importante es que no acepte ninguna modificación si no está seguro de lo que conlleva el cambio. Por eso recomendamos que se deje asesorar por profesionales en derecho laboral como los de CALDUCH ABOGADOS.