En ocasiones las relaciones personales se rompen y alguna gente, sencillamente, no acepta la ruptura o la nueva situación, por muy clara que sea. Entonces empiezan a hacer llamadas de manera continua, seguir por la calle, insistir a amigos y conocidos para que la persona que persiguen los dedique su atención.
Puede parecer que solo las conductas más graves, aquellas que impliquen actos ilegales se pueden considerar una conducta de acoso. Y que nos tenemos que resignar a sufrir las actividades más leves hasta que el perseguidor se canse y nos deje en paz. Esto no es así.
Las personas que son víctimas de un acoso, tanto en sus formas “clásicas” como en las más “modernas”, tienen que saber que estas conductas se pueden considerar delito de acoso. Y que las personas perjudicadas tienen derecho a pedir la protección de la justicia.
Es muy importante tener en cuenta que, aunque la imagen típica que tengamos de un acosador sea lo de un examigo o expareja, también un marido o una esposa, o incluso un pariente, puede ser culpable de esta conducta. Si aplica una presión sobre usted de manera insistente, continuada y excesiva para intentar forzar su voluntad.
A partir de aquí, definiremos brevemente qué es un delito de acoso y después haremos una serie de recomendaciones sobre como responder estas situaciones.
– DELITO DE ACOSO.
El Código Penal (artículo 172ter) define como acoso la conducta de aquel que, sin ninguna autorización legal, haga alguna de estas conductas:
– Perseguir, vigilar o buscar estar cerca de una persona.
– Establezca o intente establecer contacto con ella través de cualquier medio de comunicación, o a través de terceras personas.
– Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquiera productos o mercancías, o contrate servicios a su nombre.
La ley no establece un número mínimo de actos intrusivos para que una conducta sea considerada acoso. Aquello relevando es que la conducta demuestre suficiente persistencia (voluntad de continuar) y suficiente insistencia como para generar inseguridad en la víctima y obligarla cambiar sus rutinas de vida. Por ejemplo: obligándola a cambiar de teléfono o de correo electrónico para evitar continuos mensajes, de cambiar de ruta de vuelta del trabajo para no tener que encontrarse el acosador por el camino o a la puerta de casa.
El que es importante también en este tipo de delito es la voluntad invariable de la víctima de no tener contacto con esta persona. Hay que demostrar un deseo continuado de evitar cualquier contacto, y cualquier excepción en este propósito podría llevar a creer que no estamos ante un auténtico acoso. En esta situación no cuentan, está claro, los casos en que los dos se encuentran porque la víctima no consigue eludir a su perseguidor.
AUNQUE NO SEA ACOSO, PUEDE SER COACCIONES.
En algunas ocasiones una víctima sufre la campaña de acoso no de manera continuada y asfixiante, sino de una manera esporádica o irregular. En estos casos, el juez puede considerar que no ha habido una presión suficiente constando cómo para alterar nuestro ritmo de vida (y por tanto no hay delito de acoso). En estos casos no tenemos que rendirnos, sino denunciar el que se ha sufrido como un delito de coacciones.
El delito de coacciones es, para decirlo brevemente, una conducta que atenta contra la libertad de la víctima impidiéndole de hacer aquello que desea, y que legal y legítimamente puede hacer. Sería el caso en que el culpable presiona a la víctima para que haga una conducta que ella no desea, pero en el cual esta campaña de hostigamiento no es bastante intensa o bastante continuada para llegar a ser un acoso.
ALGUNOS CONSEJOS JURÍDICOS:
Desde CALDUCH ABOGADOS, como abogados con experiencia con estos asuntos, podemos dar algunos consejos sobre cómo reaccionar ante esta situación:
1- Rompa el contacto con la persona acosadora. No responda a sus mensajes o llamadas. No se reúna con ella, ni intente hablar con él. Aunque usted prefiera una solución razonada, tiene que ser consciente que una persona obsesionada no responde a argumentos razonables.
2- Esta pérdida de contacto tiene que ser completa. Piense que un contacto ni que sea esporádico, puede animar al acosador a insistir. Piense que si usted tiene cualquier intercambio con esta persona, después podrá a alegar después de que no era un acoso, sino un contacto voluntario que tenían las dos partes.
3- Procure reunir copia de todos los mensajes, llamadas, whatsapps que le envíen.
4- Si se hacen compras por internet en su nombre, o localiza perfiles falsos generados empleando falsamente su nombre, denúncielo inmediatamente y procure guardar prueba de los hechos.
5- En el supuesto de que el acosador dedique a presionar a amigos, familiares o conocidos, para conseguir que usted hable con él (o ella) intente también reunir prueba de estos hechos.
6- Denuncie cualquier incidente relacionado con esta situación. No tenga miedo de ir a la policía varias veces por semana si hace falta. Es muy importante transmitir a las autoridades la tensión y el miedo que usted está sufriendo, para de este modo generar una reacción.
7- Si usted está siguiendo un tratamiento médico, y cree que el acoso sufrido empeora su situación.
8- Pedir el más bien posible órdenes de protección a un juez.
El que no tiene que hacer es:
- Enfrentarse a esta persona. Ya sea en persona o a distancia. Hay que dejarle claro el deseo de distancia (o la prohibición de contacto), pero no buscar el conflicto.
- Pedir a algún amigo o familiar que se enfrente con él.
- Contestar o replicar a mensajes o insultos. Hace falta no caer en el juego de nadie.
- Buscar replicar del mismo modo (por ejemplo a través de redes sociales).
Recomendamos no probar estos medios porque pueden ser contraproducentes. Si antes de que usted denuncie un acoso, su agresor la denuncia por cualquier incidente como los que hemos mencionado, el relato puede girarse en contra de usted. Y su denuncia puede parecer una simple réplica.
En conjunto, queremos decir que la ley ofrece muchos medios para responder a este tipo de situaciones y que abogados como los de CALDUCH ABOGADOS pueden ayudar a cualquier persona que se encuentre ante estas situaciones.