Documentos, calculadora y anotaciones sobre una mesa de trabajo

Derecho laboral y despidos

Abogado Laboralista en toda España

Despidos improcedentes y nulos, finiquitos, reclamaciones salariales, incapacidades, acoso laboral y ERE, para trabajadores y para empresas.

Un despido tiene un plazo de caducidad de 20 días hábiles para ser impugnado. Es el motivo por el que la primera llamada debe ser inmediata: revisamos la carta de despido, el finiquito y la documentación laboral para determinar si la empresa ha respetado los plazos, las formas y las causas legales, y le damos una valoración económica realista antes de actuar.

Trabajamos tanto para trabajadores como para empresas de toda España. Para el trabajador, buscamos la calificación más favorable del despido y la indemnización que corresponde. Para la empresa, ofrecemos asesoramiento preventivo y defensa frente a reclamaciones con impacto económico relevante.

Si su asunto tiene además una vertiente ambiental o administrativa, revise nuestra especialidad en derecho ambiental.

Documentos, calculadora y anotaciones sobre una mesa de trabajo
Revisamos nóminas, finiquito y carta de despido antes de dar cualquier paso.
Personas trabajando con ordenadores en una oficina
Asesoramiento preventivo para empresas: evitar el litigio sale más barato que ganarlo.
Libros y cuaderno abierto con una pluma
Convenio colectivo, contrato y jurisprudencia aplicable: el detalle marca la indemnización.

Derecho laboral y despidos

Áreas de intervención laboral

Despidos

Despidos disciplinarios, objetivos, improcedentes y nulos. Papeleta de conciliación, demanda y negociación de la indemnización.

Finiquitos y salarios

Cálculo y revisión de finiquitos, reclamación de salarios impagados, horas extra y complementos.

Incapacidades y accidentes

Incapacidad temporal y permanente, accidentes de trabajo, enfermedad profesional y recargo de prestaciones.

Acoso laboral y mobbing

Protocolos, denuncia ante inspección y demandas por vulneración de derechos fundamentales.

ERE y reestructuraciones

Expedientes de regulación de empleo, modificaciones sustanciales y traslados.

Asesoramiento a empresas

Prevención del riesgo laboral y jurídico, contratación, sanciones y defensa frente a inspecciones.

Seguridad Social

Prestaciones, jubilación, viudedad, desempleo y reclamaciones previas ante el INSS.

Falsos autónomos

Reclamación de laboralidad, altas de oficio y regularización de relaciones mercantiles encubiertas.

El plazo de 20 días: cómo se cuenta y por qué es crítico

El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos. No cuentan sábados, domingos ni festivos, pero sí el resto de días, y es un plazo de caducidad: agotado, el derecho se pierde de forma definitiva, aunque el despido fuera claramente improcedente.

La presentación de la papeleta de conciliación suspende el cómputo, que se reanuda tras el acto de conciliación o transcurridos quince días sin celebrarse. Esa suspensión es la razón por la que conviene presentar la papeleta cuanto antes y no apurar los plazos.

Un dato que sorprende a muchos trabajadores: firmar el finiquito no impide necesariamente reclamar, pero complica mucho el asunto. Si va a firmar, hágalo indicando «no conforme» junto a su firma y conserve copia de todo.

Qué documentación conviene reunir desde el primer día

Contrato de trabajo y sus anexos, nóminas de los últimos doce meses, carta de despido o comunicación de la extinción, finiquito y su desglose, y vida laboral actualizada.

Cualquier prueba del trabajo real prestado: cuadrantes, correos, mensajes de coordinación, partes de trabajo, registros horarios y comunicaciones con superiores. En reclamaciones de horas extra o de categoría profesional, esta prueba es determinante.

En acoso laboral, además, un registro cronológico de los hechos con fechas, lugares y testigos, y cualquier parte médico o baja relacionada. La prueba indiciaria es clave: si se aportan indicios sólidos, corresponde a la empresa acreditar que su conducta fue ajena a toda vulneración de derechos fundamentales.

Cómo trabajamos

De la incertidumbre a una estrategia legal concreta

01

Análisis

Escuchamos el problema, revisamos la documentación y orientamos el primer paso con claridad.

02

Estrategia

Estudiamos su caso en profundidad y definimos una estrategia efectiva, personalizada y orientada al éxito.

03

Acción

Agotamos las vías de negociación y, si el litigio es inevitable, actuamos con contundencia.

04

Resolución

Trabajamos para conseguir los mejores y más seguros resultados jurídicos profesionales para usted.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para impugnar un despido?

20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. No cuentan sábados, domingos ni festivos, pero el plazo es de caducidad: agotado, se pierde el derecho a reclamar. Consulte cuanto antes.

¿Firmar el finiquito me impide reclamar?

No siempre, pero puede complicarlo mucho. Si firma, hágalo indicando "no conforme". Antes de firmar cualquier documento de la empresa, conviene que lo revise un abogado.

¿Atienden despidos fuera de Cataluña?

Sí. Actuamos ante juzgados de lo social de toda España y ante los servicios de mediación autonómicos correspondientes.

¿Qué indemnización me corresponde?

Depende de la calificación del despido, su antigüedad y su salario. Un despido improcedente supone 33 días por año trabajado con los límites legales; uno nulo, la readmisión con salarios de tramitación. Lo calculamos en la primera consulta.

¿Qué es un despido nulo y cuándo se produce?

Es el que vulnera derechos fundamentales o afecta a situaciones especialmente protegidas: embarazo, permisos por nacimiento y cuidado de menor, o represalia por reclamar derechos. Obliga a readmitir al trabajador y a abonarle los salarios de tramitación; no se sustituye por indemnización a elección de la empresa.

Me han modificado el horario y las funciones sin avisar, ¿puedo hacer algo?

Sí. Una modificación sustancial de condiciones exige causa, forma y preaviso de quince días. Si no se cumple, cabe impugnarla en veinte días hábiles y, si la modificación es grave, solicitar la extinción indemnizada del contrato.

¿Puedo reclamar horas extra si no están registradas?

Sí, aunque la prueba es más difícil. El registro horario es obligatorio para la empresa y su ausencia juega en su contra. Cualquier evidencia de la jornada real —correos, mensajes, accesos, testigos— sirve para construir la reclamación.

Consultas frecuentes

Materias que tratamos en esta área

Estos son los asuntos que llevamos con más frecuencia en esta área. Si su caso encaja en alguno, escríbanos y le decimos en la primera consulta qué opciones tiene y con qué plazos.

Atendemos consultas de Madrid, Barcelona, Tarragona, Reus, Zaragoza, Huesca, Valencia, Sevilla y del resto de España, presencialmente en Reus o por videollamada.

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Constitución de sociedades, conflictos societarios, contratación mercantil, insolvencia y responsabilidad de administradores.

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