Escritorio de trabajo en penumbra en un despacho jurídico

Derecho penal y defensa

Abogado Penalista en toda España

Denuncias y querellas, delitos económicos, estafas, alcoholemias y asuntos de especial complejidad, con defensa firme en instrucción y en juicio.

En materia penal, actuar pronto y con criterio marca la diferencia. Una declaración mal preparada en sede policial o en el juzgado de instrucción puede condicionar todo el procedimiento. Por eso estudiamos el atestado, las diligencias y la prueba documental antes de fijar la estrategia de defensa, y acompañamos al cliente en cada paso explicándole con claridad qué está en juego.

Asumimos la defensa y también la acusación particular en procedimientos penales de toda España. Albert Calduch Estrem, colegiado en el ICAR, ha ejercido la acusación en causas penales de gran complejidad, incluidos procedimientos por delito ecológico contra directivos y altos cargos de la administración.

Si su asunto tiene además una vertiente ambiental o administrativa, revise nuestra especialidad en derecho ambiental.

Balanza de la justicia sobre una mesa de despacho
La defensa se construye sobre el expediente completo, no sobre impresiones.
Escritorio en penumbra con documentación de un procedimiento
Estudiamos atestado, diligencias y prueba documental antes de fijar la estrategia.
Reunión de trabajo preparando la estrategia de un caso
Preparamos la declaración con el cliente: nada se improvisa en sede judicial.

Derecho penal y defensa

Procedimientos en los que intervenimos

Denuncias y querellas

Redacción, presentación y contestación de denuncias y querellas, tanto en defensa como en acusación particular.

Delitos económicos

Estafas, apropiación indebida, administración desleal, insolvencias punibles y delitos societarios.

Seguridad vial

Alcoholemias, conducción temeraria, conducción sin permiso y delitos contra la seguridad del tráfico.

Lesiones y agresiones

Defensa y acusación en delitos de lesiones, amenazas, coacciones y agresiones.

Delitos contra el medio ambiente

Delito ecológico, prevaricación administrativa y falsedad documental en expedientes ambientales.

Juicios rápidos y ejecución

Asistencia en juicios rápidos, conformidades, recursos y ejecución de penas.

Delitos contra el patrimonio

Hurtos, robos, daños, receptación y delitos informáticos con perjuicio patrimonial.

Asistencia al detenido

Intervención inmediata en dependencias policiales y en el juzgado de guardia.

Qué hacer si le citan a declarar

Lo primero: no acuda solo. Tiene derecho a designar abogado de su confianza y a que se le informe de los hechos que se le imputan antes de declarar. Si no designa uno, se le asignará uno de oficio, pero conviene que quien le asista haya podido estudiar el expediente con tiempo.

Lo segundo: no improvise. Antes de la declaración debe conocerse qué consta en el atestado, qué diligencias se han practicado y qué versiones han dado el resto de intervinientes. Sin esa información, cualquier declaración es una apuesta a ciegas.

Lo tercero: recuerde que tiene derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable. Guardar silencio no es un indicio de culpabilidad y en ocasiones es la mejor estrategia procesal, especialmente en fases iniciales en las que la acusación todavía no ha concretado su tesis.

Acusación particular: cuando la víctima toma la iniciativa

La personación como acusación particular convierte a la víctima en parte del proceso, con capacidad para proponer prueba, recurrir resoluciones y formular una petición de pena y de responsabilidad civil propia.

Es especialmente relevante cuando el Ministerio Fiscal mantiene una calificación más benévola o cuando el asunto exige una investigación técnica que el fiscal, con su carga de trabajo, difícilmente va a impulsar por sí solo. En los procedimientos ambientales dirigidos por el despacho, la acusación particular ha sostenido peritajes y ha elevado la petición de pena por encima de la del fiscal.

La contrapartida es que exige rigor: una acusación mal fundada puede terminar en condena en costas e incluso en una denuncia por acusación falsa. Por eso analizamos la viabilidad antes de presentar la querella, no después.

Cómo trabajamos

De la incertidumbre a una estrategia legal concreta

01

Análisis

Escuchamos el problema, revisamos la documentación y orientamos el primer paso con claridad.

02

Estrategia

Estudiamos su caso en profundidad y definimos una estrategia efectiva, personalizada y orientada al éxito.

03

Acción

Agotamos las vías de negociación y, si el litigio es inevitable, actuamos con contundencia.

04

Resolución

Trabajamos para conseguir los mejores y más seguros resultados jurídicos profesionales para usted.

Preguntas frecuentes

Me han citado a declarar, ¿debo ir con abogado?

Sí, siempre. Tiene derecho a asistencia letrada desde el primer momento y a entrevistarse reservadamente con su abogado antes de declarar. Declarar sin preparación es el error más frecuente y más difícil de reparar después.

¿Puede defenderme si el procedimiento está en otra provincia?

Sí. La habilitación profesional permite actuar ante juzgados de toda España. Nos desplazamos a las vistas y coordinamos con procurador en el partido judicial correspondiente.

¿Qué diferencia hay entre denuncia y querella?

La denuncia se limita a poner los hechos en conocimiento del juzgado. La querella exige una calificación jurídica, la identificación de los responsables y, normalmente, la personación como acusación particular, lo que da un papel mucho más activo en la instrucción.

¿Se puede acusar además de defender?

Sí. Ejercemos la acusación particular en representación de víctimas, plataformas vecinales y entidades, con petición propia de pena y proposición de prueba.

¿Qué ocurre si no acudo a una citación judicial?

La incomparecencia injustificada puede acarrear multa y, en casos graves, la orden de detención y conducción ante el juzgado. Si por causa justificada no puede acudir, hay que comunicarlo y acreditarlo con antelación a través del abogado.

¿Puedo llegar a un acuerdo con la acusación?

Sí. La conformidad permite reconocer los hechos a cambio de una rebaja de pena y, en determinados supuestos, la suspensión de su ejecución. Es una opción a valorar con datos, no por miedo: solo tiene sentido cuando la prueba de cargo es sólida y la rebaja es real.

¿Los antecedentes penales se cancelan?

Sí, transcurridos los plazos legales desde el cumplimiento de la pena y sin haber vuelto a delinquir. La cancelación no es automática en la práctica: conviene solicitarla expresamente para que no aparezcan en certificados posteriores.

Consultas frecuentes

Materias que tratamos en esta área

Estos son los asuntos que llevamos con más frecuencia en esta área. Si su caso encaja en alguno, escríbanos y le decimos en la primera consulta qué opciones tiene y con qué plazos.

Atendemos consultas de Madrid, Barcelona, Tarragona, Reus, Zaragoza, Huesca, Valencia, Sevilla y del resto de España, presencialmente en Reus o por videollamada.

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